La sociedad dominicana, está llena de personas ignorante, que por su fanatismo acusan y condenan a cualquier ciudadano en violacion de la Ley.
El artículo 14 del Código Procesal de República Dominicana establece como figura jurídica La Presunción de Inocencia, como derecho fundamental y de garantías para cualquier encartado.
Art. 14.- Presunción de inocencia .Toda persona se presume inocente y debe ser tratada como tal hasta tanto una sentencia irrevocable declare su responsabilidad. Corresponde a la acusación destruir dicha presunción.
En la aplicación de la ley penal son inadmisibles las presun- ciones de culpabilidad.